Sí, la trabajadora tiene derecho a un permiso retribuido por la operación de su familiar, incluso si se realiza en un centro sanitario privado.
El artículo 37.3 b) ET otorga al trabajador el derecho a disfrutar de un permiso retribuido de 5 días por hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella. El hecho de que la operación se realice en un centro privado no afecta al derecho de la trabajadora a este permiso, para su concesión es necesario que se produzca un ingreso hospitalario que obligue al familiar enfermo a pernoctar al menos una noche en el centro sanitario (ya sea un centro público o privado) tal como sostiene la sentencia del Tribunal Supremo, de 15 de julio de 2020.
Por tanto, lo trascendente para la concesión del permiso es que un familiar haya sido hospitalizado, independientemente del sistema sanitario.
Asimismo, para su concesión, será necesario que el familiar se encuentre dentro de los grados de parentesco anteriormente mencionados.