La firma de un documento en el juzgado, ¿se considera permiso retribuido?

14/04/2023
Trabajador que tiene que ir al juzgado a firmar un documento particular ¿Es un permiso retribuido?

Respuesta de abogado

El Estatuto de los Trabajadores no prevé ningún permiso para dicho fin.

No obstante, cabe plantearse si la acción de acudir a un juzgado a firmar un documento es un supuesto que da lugar al permiso por deber inexcusable previsto en el art. artículo 37.3 d) ET. En concreto, la norma reconoce el derecho de los trabajadores a disfrutar de un permiso retribuido para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal. Dada la escueta redacción de la misma, la jurisprudencia ha venido entendiendo que por deber inexcusable debe entenderse aquel cuyo incumplimiento puede acarrear al trabajador algún tipo de responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que no pueda realizarse fuera del horario de trabajo (sentencia del Tribunal Supremo, de 26 de mayo de 2009).

Además, este tipo de permiso se debe destinar a situaciones que sean indelegables, es decir, que tenga que acudir necesariamente el trabajador y no un representante o sustituto (entre otras, TSJ de Canarias, de 20 de marzo de 2019).

Por tanto, no podrían considerarse como supuestos en los que cabría la concesión de este permiso todas aquellas actuaciones en las que no se den todos los condicionantes antedichos. En consecuencia, entendemos que el hecho de acudir a un juzgado para firmar un documento particular no da lugar a un permiso retribuido para el trabajador, ya que esta acción no tiene carácter personalísimo (puede ser delegado en terceras personas o realizarse por Internet), su incumplimiento no genera una responsabilidad de índole penal, civil o administrativa y además entendemos que podrá realizarse fuera del horario de trabajo.

Únicamente, es indispensable revisar el régimen de permisos del Convenio Colectivo, pero en todo caso, los convenios no suelen establecer permisos para estas cuestiones.

Somos abogados

Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Blanca Bazal
Blanca Bazal
Abogada laboralista
Noelia Vergara
Noelia Vergara
Abogada Laboralista
Nahir González
Nahir González
Abogada Laboralista

LexaGo Resuelve Consultas Laborales

Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.