En la empresa, el registro de jornada mensual se viene entregando a los trabajadores a tiempo parcial o contratados por horas. Sin embargo, no se entrega a los trabajadores a tiempo completo porque, al realizar siempre la misma jornada sin variaciones, entendemos que no es necesario. ¿Es obligatorio que la empresa entregue a cada trabajador su registro de jornada mensual si está contratado a tiempo completo?
Sí, es obligatorio que la empresa entregue a cada trabajador su registro de jornada mensual, independientemente de si está contratado a tiempo completo o parcial. Según el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, el registro de la jornada laboral debe realizarse día a día y totalizarse en el periodo fijado para las retribuciones.
Además, el artículo 35.5 del mismo estatuto establece que se debe entregar una copia del resumen de las horas ordinarias y extraordinarias al trabajador en el recibo correspondiente. Esto implica que el trabajador debe recibir información sobre su jornada laboral de manera regular, lo que incluye el registro mensual de su jornada.