La beca de estudios de una trabajadora en prácticas, ¿debe pagarse mediante nómina?

La beca de estudios de una trabajadora en prácticas, ¿debe pagarse mediante nómina?
24/10/2023
Alumna realizando prácticas actualmente presta servicios en una empresa y quieren pagarle 200€ mensuales pero según convenio en prácticas , se especifica lo siguiente: Durante las prácticas formativas el alumnado no podrá percibir cantidad económica en concepto de retribución salarial, ya que no se trata de un contrato laboral, sino de un convenio de colaboración de prácticas formativas no remuneradas. En algún caso, y siempre a criterio de la empresa, la persona en prácticas puede percibir una beca como ayuda al estudio y al transporte. ¿En este caso como se paga esa beca? nómina y se cotiza como becario?

Respuesta de LexaGo

Sí, consideramos conveniente la realización de una nómina.

En este sentido y en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional 52ª de la Ley General de la Seguridad Social introducida por el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, desde el pasado 1 de octubre de 2023, la realización de cualquier tipo de prácticas conllevará el alta en Seguridad Social.

Por ello, consideramos conveniente la realización de una nómina, ya que además son asignaciones dinerarias tal como menciona la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 29 de enero de 2021.

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Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
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Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
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