¿Cómo se calcula la jornada diaria en aplicación del Convenio de Hostelería de Navarra?

01/08/2013

El Convenio de Hostelería de Navarra establece una jornada anual. Si la empresa quiere contratar a una trabajadora 5 horas al día, entendemos que esto supone el 62,5 % de la jornada, con lo cual la trabajadora cobrará en proporción a esta jornada.

Entendemos que si la jornada anual establecida por convenio son 1.724 horas, habrá que restar a los 365 días del año: 32 días de vacaciones, 14 festivos, 52 sábados y 52 domingos, lo cual supone 215 días laborales. Por tanto, 1.724 horas entre 215 días = 8,01, lo que equivale a 8 horas.

¿Es correcto el cálculo de la jornada diaria?

Respuesta de LexaGo

Vuestro cálculo de la jornada diaria es correcto. Y también lo es el cálculo proporcional de lo que cobrará aquella trabajadora cuya jornada sea de 5 (en vez de ocho) horas al día.

El artículo 12.4 d) del Estatuto de los Trabajadores establece, respecto de los trabajadores a tiempo parcial, que la regla general es que se aplicará la proporcionalidad, salvo que el Convenio disponga una regla más beneficiosa para ellos.


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Eduardo Castilla Baiget
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Socio de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
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