En el caso de una trabajadora que es miembro del Comité de Empresa y actualmente está con reducción de jornada por cuidado de hijo, ¿le corresponden las mismas horas sindicales que a sus compañeros o la parte proporcional en función de su jornada?
A una trabajadora que es miembro del comité de empresa y está con reducción de jornada por cuidado de hijo le corresponden las mismas horas sindicales que a sus compañeros.
Esto se debe a que el crédito horario no varía en función de la modalidad o tiempo del contrato de trabajo, siendo independiente del número de horas de trabajo mensual del representante, de que sea trabajador a tiempo parcial, o de que su jornada se reduzca algún mes por cualquier causa. Esta garantía se establece en el artículo 68 e) del Estatuto de los Trabajadores y ha sido confirmada por la sentencia de la Audiencia Nacional de 20 de marzo de 2013.
Conviene señalar que, en caso de incumplimiento de éste derecho al crédito horario, la empresa podría estar incurriendo en una infracción grave del artículo 7.8 de la Ley de Infracciones y sanciones en el Orden Social, con la correspondiente sanción.