La lactancia acumulada se podrá disfrutar hasta que el menor cumpla 9 meses.
Esta especificación viene claramente establecida en el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, señalando que el trabajador puede disfrutar de este derecho desde la fecha del nacimiento hasta que el menor alcance los 9 meses de edad. La opción de extender la duración del permiso hasta los 12 meses solo aplica si ambos progenitores ejercen en igual condiciones su derecho al permiso por lactancia, pero es importante resaltar que en este periodo extendido, desde el mes 9 hasta el mes 12, la retribución no se mantiene, es decir, se produce una reducción del salario.
En definitiva, el tiempo máximo establecido para disfrutar del permiso de lactancia de forma acumulada, según el contexto presentado, es hasta que el hijo cumpla 9 meses.