¿Hasta cuándo debe abonar la empresa el complemento de IT?

03/07/2023
Si un trabajador de baja por IT pasa a cobrar en pago delegado por la mutua, ¿la empresa debe seguir abonando el complemento por IT?

Respuesta de abogado

Aunque se adopte la modalidad de pago delegado o incluso de pago directo, la empresa deberá seguir abonando el complemento de IT hasta que se resuelva el reconocimiento de una incapacidad permanente o hasta que le den el alta.

El complemento de IT previsto en convenio colectivo, salvo limitación temporal expresa, debe satisfacerse durante todo el periodo de duración de la IT, incluso en sus prórrogas o en el pago directo por la Seguridad Social, mientras no se produzca el alta del trabajador o la calificación de la IP. En ese sentido se pronuncia la sentencia de 19 noviembre 2020 del TSJ de Castilla y León.

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Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Blanca Bazal
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