¿Cómo Gestionar Las Vacaciones Sueltas De Un Trabajador Según El Convenio Laboral?

26/10/2010 Usuario LexaGo

Muy buenas

y saludos a todos



Trabajador que va cogiendo las vacaciones sueltas, es decir como ejemplo hoy llega y dice que va cager vacaciones el proximo jueves y viernes, y la empresa se lo concede, asi mas o menos todo el año.



Claro esta el convenio de aplicación le da 30 días naturales y la empresa se mosquea con esta situación, con lo cual nos lo consulta, y nuestra respuesta es clara, si te pide vacaciones un dia por ejemplo un viernes al trabajador le debe de constar que ha disfrutado 3 dias naturales el viernes , sabado y domingo, creo que esto es correcto,naturalmente el trabajador no esta de acuerdo.

La cosa se complica cuando hay días de vacaciones que no son el viernes sino por ejemplo un martes y miercoles, claro son dos días.



Esto solo les ocurre con un trabajador que tampoco tienen mayor problema, pero el asunto está latente.

Este trabajador no disfruta de sus vacaciones convecionales o de calendario, si no que ahora que las necesita ( es cazador) las va disfrutando de esta manera.

Sele ha indicado a la empresa pues que en lugar de candecerle 30 días naturales que al final se conviertes casi en 30 dúias habiles, le condeda solo los 20-21 habiles, que tambien podría ser una opción.



recibir un cordial saludo

Respuesta de abogado

27/10/2010 LEXA Abogados
Buenos días:



Es correcto como lo planteais. En supuestos de vacaciones por días naturales, los sábados y domingos (a pesar de que son días en los que no se habría trabajado) computan como días de vacaciones. Es precisamente, ésta la diferencia entre días de vacaciones hábiles o naturales.



Así se desprende, entre otras, de sentencia de la Audiencia Nacional, de 25 de mayo de 2007:



"Es más, lo establecido doctrinal y jurisprudencialmente es que, a salvo de los casos en los que las vacaciones son establecidas como disfrutables por días laborales, dentro de ellas se computan como vacacionales los SÁBADOS en los que normalmente no se trabajaría y los domingos en los que normalmente tampoco se iría al trabajo, como acontece en el presente caso con el período vacacional de agosto, en el que los veintiún días naturales de vacación ininterrumpida acogen en su seno tres SÁBADOS y tres domingos".



De esta forma hacéis bien en computar el sábado y domingo de vacaciones cuando el trabajador solicita vacaciones el viernes.



No obstante, debéis tener en cuenta siempre en todo caso el convenio colectivo, ya que éste suele fijar las reglas a aplicar en materia de vacaciones. En concreto, muchos convenios prohíben que se disfrute de vacaciones por un período inferior a 15 días. No sé si será vuestro caso, pero tenerlo en cuenta a la hora de conceder vacaciones por días sueltos. En el caso de que nada viniese recogido en convenio, es el pacto entre empresario y trabajador el que regula las vacaciones. Y en este caso, en concreto, es una petición del propio trabajador, ya que solicita vacaciones con objeto de ir a cazar, por lo que el pacto es claro salvo que la empresa no lo consienta.



Esperamos haber resuelto su consulta.



Reciba un cordial saludo.
Señal de advertencia Atención Señal de advertencia
Esta consulta es de otro usuario, puede no estar actualizada y no responder a tu duda concreta.
Haznos AHORA tu consulta
Te aseguras una respuesta 100% adaptada a tu caso, y con jurisprudencia
      Recibirás tu respuesta al momento
      ✍🏻 Explica brevemente el contexto ❓ Resume tu duda en una sola pregunta 🗣 Recuerda expresarte en tu lenguaje diario
        Caracteres restantes: X

          PRIMERA INTELIGENCIA ARTIFICIAL LABORAL CREADA Y SUPERVISADA POR ABOGADOS
          Haz click aquí si ya eres cliente para ver esta respuesta
          Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la Política de Privacidad y los Términos de Servicio de Google.

          Somos abogados

          Eduardo Castilla Baiget
          Eduardo Castilla Baiget
          Socio de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
          Lucia Gesta Labiano
          Lucia Gesta Labiano
          Abogada laboralista
          Juncal Fernández
          Juncal Fernández
          Licenciada en Derecho por la Universidad de Navarra
          Adrián Ventura
          Adrián Ventura
          Graduado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra

          LexaGo Resuelve Consultas Laborales

          Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.