Buenos días:
Tanto el permiso de paternidad, de maternidad, como la suspensión del contrato por incapacidad temporal generan vacaciones igualmente, lo que significa que durante la suspensión del contrato en estas situaciones, las vacaciones se siguen devengando igualmente. Por lo tanto, a efectos de vacaciones, generan los mismos derechos que el trabajo efectivo.
Tan es así, que incluso la Ley de Igualdad recoge específicamente que el permiso de maternidad (y por extensión, el de paternidad) mantienen intacto el derecho a vacaciones, debiendo el empresario dar incluso nuevo permiso cuando el permiso de maternidad coincida con el de vacaciones.
Por lo tanto, no hay duda, durante el permiso de paternidad, se devenga derecho a vacaciones, y a la hora de calcular el número de días de vacaciones, se tendrán en cuenta como si fuesen días de trabajo.
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