No, no tiene derecho a ningún permiso retribuido para el día de la operación salvo que el convenio colectivo lo recoja expresamente.
El Estatuto de los Trabajadores no recoge ningún permiso retribuido por intervención médica del propio trabajador. Tan sólo recoge derecho a un permiso retribuido cuando suceden determinadas circunstancias a sus familiares hasta segundo grado (hospitalización, fallecimiento).
No obstante, resulta conveniente revisar lo dispuesto en el convenio colectivo de aplicación, ya que algunos convenios colectivos sí prevén determinadas horas de ausencia retribuidas para acudir a consultas médicas. Si el convenio no dice nada, en ese caso, no procederá permiso retribuido alguno por acudir a una operación oftalmológica.