¿Existe permiso retribuido para realizar la campaña electoral?

23/05/2023 Usuario LexaGo

Trabajadora que está como concejal tramita su baja por IT debido a embarazo y quiere solicitar el permiso de 15 días por campaña electoral. ¿Es compatible la baja por IT y el permiso para hacer campaña electoral?

Respuesta de abogado

23/05/2023 LEXA Abogados
En relación a su consulta, el ejercicio de un cargo público para el cual el trabajador haya sido elegido o designado constituye un supuesto que da derecho al permiso retribuido para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal en virtud del art. 37.3 d) del ET y el art. 48 j) del EBEP en caso de empleados públicos. En ese sentido, la jurisprudencia considera que no existe una lista cerrada en cuanto a los actos relativos a la función pública se refiere, quedando integrados todos aquellos relacionados con el desempeño de estas funciones (Sentencia del Tribunal Superior de Justicia, de 25 de marzo de 2010). Es decir, el permiso retribuido al que alude el artículo 37.3.d) ET puede solicitarse...
Señal de advertencia Atención Señal de advertencia
Esta consulta es de otro usuario, puede no estar actualizada y no responder a tu duda concreta.

Haznos AHORA tu consulta

Te aseguras una respuesta 100% adaptada a tu caso, y con jurisprudencia

      Recibirás tu respuesta al momento
      ✍🏻 Explica brevemente el contexto ❓ Resume tu duda en una sola pregunta 🗣 Recuerda expresarte en tu lenguaje diario
        Caracteres restantes: X

          PRIMERA INTELIGENCIA ARTIFICIAL LABORAL CREADA Y SUPERVISADA POR ABOGADOS
          Haz click aquí si ya eres cliente para ver esta respuesta
          Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la Política de Privacidad y los Términos de Servicio de Google.
          por aquellas actividades propias del cargo público por el que ha sido designado que imposibilite la asistencia al trabajo. Sin embargo, la asistencia a los actos patronales, como por ejemplo fiestas (sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 22 de septiembre de 2009) y las actividades relacionadas con la campaña electoral no constituyen un deber inexcusable público o personal, ya que ambas situaciones pueden ser delegables en terceros (entre otras, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de 14 de septiembre de 2017). Por lo tanto, no existe el permiso retribuido para hacer campaña electoral. Para cualquier duda o consulta, estamos a su disposición. Un saludo.

          Somos abogados

          Eduardo Castilla Baiget
          Eduardo Castilla Baiget
          Socio de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
          Lucia Gesta Labiano
          Lucia Gesta Labiano
          Abogada laboralista
          Juncal Fernández
          Juncal Fernández
          Licenciada en Derecho por la Universidad de Navarra
          Adrián Ventura
          Adrián Ventura
          Graduado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra

          LexaGo Resuelve Consultas Laborales

          Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.