¿Tienen los trabajadores de ETT derecho al mismo complemento de Incapacidad Temporal?

¿Tienen los trabajadores de ETT derecho al mismo complemento de Incapacidad Temporal?
23/09/2024
¿Tienen los trabajadores de ETT derecho al mismo complemento de Incapacidad Temporal que los empleados de la empresa usuaria?

Respuesta de abogado

No, los trabajadores de la ETT no tienen derecho al complemento de IT reconocido a los trabajadores de la empresa usuaria.

En este sentido, el artículo 11 de la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal, establece que los trabajadores cedidos por una ETT tienen derecho a las mismas condiciones esenciales de trabajo y empleo que les hubieran correspondido de haber sido contratados directamente por la empresa usuaria.

No obstante, la jurisprudencia, con su sentencia 899/2011 del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, ha establecido que las mejoras voluntarias de la Seguridad Social, como el complemento de IT, no se incluyen dentro de estas condiciones esenciales.

Por lo tanto, los trabajadores de la ETT no tienen derecho a percibir el complemento de IT previsto en el convenio colectivo de la empresa usuaria.

Somos abogados

Eduardo Castilla Baiget
Eduardo Castilla Baiget
Socio de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Blanca Bazal
Blanca Bazal
Abogada laboralista
Juncal Fernández
Juncal Fernández
Abogada laboralista
Nahir González
Nahir González
Abogada Laboralista

LexaGo Resuelve Consultas Laborales

Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.