El convenio establece 0.25 euros por km cuando el trabajador se tiene que trasladar a realizar su trabajo a municipio distinto y usa su vehículo particular. ¿Qué incluye ese importe? Además del uso del vehículo, ¿incluye la gasolina o hay que abonarla aparte?
Si en el convenio no se especifica, los tribunales han venido entendiendo que se incluye en este importe todos los gastos referentes al coche, incluyendo el pago de gasolina. Así ha sido confirmado, entre otras, por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 20 de enero de 2011.
El importe de esta compensación (kilometraje, alojamiento o pernocta y manutención) se fijará según los límites establecidos en los convenios colectivos, por lo que será necesario acudir al convenio colectivo aplicable para determinar cuál el sistema de dietas aplicable a los trabajadores.
Si no existe un convenio aplicable, deberán cubrirse los gastos que ocasione el citado desplazamiento al trabajador, tal y como recuerda la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 27 de octubre de 2016. De tal forma, en vuestro convenio de aplicación es de 0,25 euros/kilómetro, y habrá que acudir a sus disposiciones para saber si este importe incluye o no el gasto de gasolina.