¿Es válido un relevista con contrato fijo-discontinuo transformado en indefinido tras el Real Decreto-ley 11/2024?

¿Es válido un relevista con contrato fijo-discontinuo transformado en indefinido tras el Real Decreto-ley 11/2024?
16/04/2025
¿A partir del Real Decreto-Ley 11/2024, al hacer un contrato de relevo, el relevista puede ser una persona con contrato fijo discontinuo que pase a indefinido de relevo ordinario?

¿Tienes una duda similar? Resuélvela ahora

Generando tu respuesta...

Estamos procesando tu consulta. Esto puede tardar unos segundos.

Respuesta de LexaGo

No, aunque a partir de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 11/2024, el 1 de abril de 2025, se prevea como posible que un trabajador con contrato fijo discontinuo se convierta en relevista mediante un contrato de relevo ordinario, esto está pendiente de desarrollo reglamentario.

La Exposición de Motivos del RDL 11/2024, indica que esta posibilidad está supeditada a que el contrato del relevista se formalice en los mismos términos que el del trabajador sustituido (relevado), es decir, debe respetarse la modalidad contractual y el porcentaje de jornada, entre otros elementos esenciales. Por lo que se entiende que eventualmente será posible una vez que se de el desarrollo reglamentario necesario. Cuando esto sea posible, la empresa deberá proceder simultáneamente a la contratación de un nuevo trabajador con contrato fijo discontinuo, que asuma las funciones propias del puesto que venía desempeñando quien pasa a ser relevista.

Somos abogados

Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Juncal Fernández
Juncal Fernández
Abogada laboralista
Noelia Vergara
Noelia Vergara
Abogada Laboralista
Nahir González
Nahir González
Abogada Laboralista

LexaGo Resuelve Consultas Laborales

Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.