Sí, es posible pactar una vigencia específica para los permisos retribuidos y excedencias voluntarias donde se especifique que, una vez perdida la vigencia de la misma, se procederá a regular dichas materias por lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores.
La vigencia o duración del convenio dependerá de lo pactado en la negociación colectiva. Es posible, además, en virtud de lo dispuesto por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, pactar distintos periodos de vigencia para cada materia o grupo homogéneo de materias dentro de un mismo convenio.