¿Es posible imponer al trabajador una sanción menor que la dispuesta en el convenio?

09/05/2023
¿Es posible sancionar una conducta tipificada convencionalmente como falta grave o muy grave con la imposición de una sanción prevista para faltas leves como, por ejemplo, la amonestación?

Respuesta de abogado

La clave es que esté bien tipificado, pero se podrá poner una sanción inferior.

El art. 58 del Estatuto de los Trabajadores faculta a la empresa a sancionar a sus empleados por los incumplimientos laborales que se establezcan en las disposiciones legales o en el convenio colectivo aplicable. No obstante, en la práctica es habitual que las empresas impongan sanciones inferiores a las que corresponde por la tipificación.

De hecho, los tribunales no dan ningún problema al respecto y es muy común hacerlo. A modo de ejemplo, cabe citar la sentencia núm. 136/2012 de 13 febrero del TSJ de Madrid que considera válida imposición de una sanción inferior a pesar de la calificación de la falta como muy grave.

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Eduardo Castilla Baiget
Eduardo Castilla Baiget
Socio de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Blanca Bazal
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