¿Es obligatorio registrar las cláusulas adicionales y las horas complementarias en Contrat@?

30/03/2023

En la empresa, realizamos contratos de trabajo en los que incluimos cláusulas adicionales y firmamos un pacto de horas complementarias. ¿Es obligatorio registrarlo también en Contrat@?

Respuesta de LexaGo

El pacto de horas complementarias no deberá registrarse en la red de Contrat@ de forma obligatoria, aunque es recomendable.

En virtud del artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores, si se cumplen los requisitos para poder realizarlas (la principal condición es que la jornada diaria de trabajo establecida en el contrato a tiempo parcial no sea inferior a diez horas a la semana en cómputo anual) será necesario realizar un pacto de horas complementarias, tal y como manifiesta la sentencia de la Audiencia Nacional, de 5 mayo de 2014, puesto que la realización de horas complementarias es voluntaria para el trabajador.

Dicho pacto entre empresario y trabajador se podrá suscribir tanto en el momento de la celebración del contrato a tiempo parcial como en un momento posterior, pero siempre debe ser expreso y específico respecto del contrato, debiendo recoger el número de horas complementarias cuya realización podrá ser requerida por el empresario, que no podrá exceder del 30% de las horas ordinarias de trabajo del trabajador en cómputo anual (en convenio colectivo podrá establecerse otro límite entre el 30% y el 60% de la horas ordinarias contratadas).

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Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
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Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Juncal Fernández
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