Los gastos de desplazamiento en coche privado se compensan con la cantidad que establezca el convenio colectivo o, en su defecto, se compensan con una cantidad de 0,26 euros por kilómetro recorrido.
Esta cantidad está destinada a resarcir los gastos acarreados por el trabajador en su desplazamiento, incluyendo los gastos de gasolina. Por su parte, los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen se compensarán aparte.
Por tanto, en los gastos de kilometraje se entiende que van incluidos todos los gastos del coche (ruedas, aceite, gasolina…). Sin embargo, los costes derivados de peaje o aparcamiento se deberán abonar aparte.