En el caso de un trabajador que está de baja médica, ¿cuánto cotiza la empresa?

05/02/2024 Usuario LexaGo

En la empresa hay un trabajador de baja por incapacidad temporal. ¿Cómo debe cotizar la empresa por este empleado durante su baja?

Respuesta de abogado

05/02/2024 LEXA Abogados

El coste para la empresa será diferente según el tipo de incapacidad temporal.

En caso de IT por contingencias comunes, la empresa deberá abonar la prestación de IT correspondiente al 60% de su base reguladora del día 4 al 15 de la baja. Pasada esta fecha, será la Seguridad Social o la Mutua la encargada de pagar la prestación al trabajador , como norma general, el pago es delegado a la empresa. En cuanto a la cotización, durante todo el proceso de IT hasta el agotamiento de los 545 días, la empresa deberá cotizar únicamente las aportaciones a su cargo correspondientes a la cotización a la Seguridad Social. Es decir, se hace cargo sólo de la cuota patronal.

En caso de IT por contingencias profesionales, el abono de la prestación lo asume íntegramente la empresa, que será la encargada de abonar el 75% del salario desde el primer día el siguiente al del accidente) hasta último día de baja. No obstante, es posible que la empresa posteriormente reclame estas cuantías a la MUTUA con la que tenga contratados los servicios de cobertura de accidente de trabajo y enfermedades profesionales. En cuanto a la cotización, la empresa deberá cotizar por la cuota patronal y será la MUTUA quien asuma la cuota obrera. No obstante, el coste de una baja de un trabajador dependerá si existe una mejora voluntaria a la Seguridad Social. De este modo, si existe la obligación de abonar un complemento de IT, el gasto que debe asumir la empresa durante la IT de un trabajador será mayor.

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Eduardo Castilla Baiget
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Lucia Gesta Labiano
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Adrián Ventura
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