A una empleada de hogar interna, sus empleadores le van a abonar una cantidad fija mensual por el trabajo efectivo de 40 horas semanales. Además, quieren pactar con ellala realización de 10 horas de presencia semanales, por las que recibiría 250,00 euros mensuales, que serían compensados como retribución en especie por manutención.
¿Es válido compensar toda la cantidad por la realización de las horas de presencia como retribución en especie o como mínimo habrá que garantizar el SMI en metálico por dichas horas?
No es válido compensar toda la cantidad por la realización de las horas de presencia como retribución en especie.
Según el artículo 8 del Real Decreto 1620/2011, el pago en metálico debe garantizarse al menos en la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Aunque las partes pueden acordar una retribución en especie, esta no puede superar el 30% del salario total y debe garantizarse que el trabajador perciba siempre una cantidad mínima en dinero físico. Por lo tanto, al menos el SMI correspondiente a las horas de presencia debe abonarse en metálico.