Una trabajadora tiene a su marido ingresado y se prevé que va a estar hospitalizado varias semanas. ¿La trabajadora debe disfrutar del permiso retribuido por hospitalización en días laborables o naturales?
Los 5 días del permiso retribuido por hospitalización de un familiar deben disfrutarse en días laborables, no naturales, tal y como recoge la sentencia del Tribunal Supremo de 14 de enero de 2021.
Asimismo, en el momento de disfrutarse, se disfruta de manera continuada, no pudiendo el trabajador elegir su disfrute en días sueltos, salvo que así venga recogido en convenio colectivo que resulte de aplicación al caso concreto. Igualmente, cabe matizar que, como norma general, ‘’el permiso se debe disfrutar coincidentemente con la causa que lo origina’’, tal como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra núm. 242/2019, de 23 de julio de 2019. Por ello, a priori, parece que debe comenzar cuando surja el hecho causante (en este caso, el ingreso).
Sin embargo, es cierto que la actual redacción del Estatuto de los Trabajadores no lo detalla expresamente y que todavía no existen pronunciamientos de nuestros tribunales que traten esta cuestión. Con este panorama, al ser una novedad y al no haber jurisprudencia al respecto, se deberá acudir a la finalidad de la norma.
Teniendo esto en cuenta y con cierta flexibilidad, el permiso por hospitalización tiene su origen en una situación de necesidad, que subsiste durante todo el tiempo en que dicha hospitalización se mantiene.
Por ello, podría disfrutarse del permiso durante el lapso temporal en que se prolongue el ingreso hospitalario, sin que sea exigible disfrutarse durante los primeros días, si así lo recoge el propio convenio que resulte de aplicación o si se llega a un pacto con el empresario para comenzar a disfrutarlo en días posteriores al primer día de hospitalización. Y todo ello siempre y cuando persista el hecho causante, es decir, el ingreso hospitalario.