¿Cotiza el quebranto de moneda?

¿Cotiza el quebranto de moneda?
09/08/2023

Nos solicitan desde tesorería la cotización por quebranto de moneda por haber enviado el fichero CRA con código 27. ¿La empresa debe cotizar por este concepto?

Respuesta de abogado

Sí, el plus por quebranto de moneda cotiza a la Seguridad como un complemento extrasalarial. Así nos lo ha confirmado la TGSS mediante llamada telefónica.

El quebranto de moneda es un plus extrasalarial no recogido en el Estatuto de los Trabajadores, pero que sí reconocen algunos convenios colectivos. En concreto, este plus es percibido por trabajadores que realizan operaciones con dinero en metálico y tiene como objetivo compensar los riesgos y perjuicios derivados de la realización de operaciones con dinero, como pueden ser, entre otros, los errores en cobros y pagos o las pérdidas involuntarias.

Somos abogados

Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Blanca Bazal
Blanca Bazal
Abogada laboralista
Juncal Fernández
Juncal Fernández
Abogada laboralista
Noelia Vergara
Noelia Vergara
Abogada Laboralista

LexaGo Resuelve Consultas Laborales

Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.