¿En el cómputo de las vacaciones la baja médica se considera como trabajado y por tanto, le corresponde casi 30 días de vacaciones?
La baja médica se considera como periodo trabajado a efectos del cálculo de las vacaciones.
En este sentido se pronuncia, entre otras, la sentencia del TSJ de Andalucía de 24 de mayo de 2018. Por tanto, al trabajador le corresponderían los 30 días naturales de vacaciones que regula el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores o los que establezca el convenio colectivo de aplicación, ya que durante los periodos de incapacidad temporal se sigue generando el derecho a vacaciones.