¿Cómo resolver discrepancias en relación con la preferencia las personas empleados con responsabilidades familiares a la hora de elegir vacaciones?

22/10/2014
Querríamos hacer una consulta laboral sobre quien tiene prioridad a la hora de cogerse vacaciones. Las vacaciones escolares en diciembre son aproximadamente 3 semanas y el Convenio establece la preferencia a los trabajadores con responsabilidades familiares cuando sus vacaciones coincidan con las vacaciones escolares. ¿Tiene preferencia ese colectivo para elegir la semana que quiera o se le puede obligar a que coja otra dentro de las 3 semanas de vacaciones escolares?

Respuesta de abogado

Entendemos que la empresa deberá fijar los períodos de disfrute de las vacaciones. Y, cuando coincidan trabajadores con cargas familiares, dar prioridad, por ejemplo, a quien tenga hijos de menor edad.

En vuestro caso, el Convenio Colectivo no es muy concreto, determinando de forma muy genérica la preferencia de los trabajadores con responsabilidades familiares a la hora de determinar el disfrute de sus vacaciones. Por tanto, entendemos que la empresa podrá, en virtud del artículo 20 ET, fijar el disfrute de las vacaciones, con base en causas objetivas (de tipo organizativo). En este sentido, la sentencia del TSJ de Castilla y León, Valladolid, de 5 de diciembre de 1995 admite la posibilidad de que el empresario, en el ejercicio de su poder de dirección fije unilateralmente la fecha de las vacaciones cuando no existan acuerdos al respecto y se decida atendiendo al buen funcionamiento de la empresa.

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Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Blanca Bazal
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