¿Quién sucede al delegado de personal que dimite tras un año de mandato?
03/10/2011
Si un Delegado de Personal dimite tras un año de mandato, ¿le sustituye el siguiente más votado o hay que convocar nuevas elecciones
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Respuesta de LexaGo
El siguiente trabajador más votado entraría a ser Delegado de Personal por el tiempo que reste de mandato, en virtud del artículo 67.5 del Estatuto de los Trabajadores.
Si no existiese candidato siguiente más votado, se podrían promover elecciones parciales, ya que éstas se pueden promover cuando existan vacantes, producidas por dimisiones o revocaciones, fallecimiento, o cualquier otra causa, y las mismas no hayan podido ser cubiertas mediante la sustitución automática prevista en el artículo 67.4 del Estatuto de los Trabajadores (artículo 1.2 del Real Decreto 1844/1994, de 9 de septiembre, sobre Elecciones de Representantes de los Trabajadores).
Debe tenerse en cuenta que dichas dimisiones deben ser comunicadas a la Autoridad Laboral por parte de los Representantes que quedan en la empresa (entre otras, sentencia del TSJ de Madrid, de 14 de marzo de 2005). Y a su vez, debe ser publicada en el tablón de anuncios de la empresa.
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