Una trabajadora con un contrato temporal que se encuentra en periodo de prueba, ha iniciado una baja médica por I.T. ¿La empresa puede darle de baja por no superar el periodo de prueba mientras esta de baja?
Sí, la empresa puede desistir en período de prueba, aunque el trabajador aún se encuentre en situación de incapacidad temporal y su contrato se encuentre suspendido, dado que el contrato está vigente y por lo tanto se puede extinguir.
El periodo de prueba, se puede interrumpir, previo acuerdo entre las partes, cuando el trabajador está en situación de incapacidad temporal, tal y como señala el artículo 14.3 del del Estatuto de los Trabajadores. Por tanto, al pactar un periodo de prueba en el contrato y ante dicha situación sobrevenida señalada en el propio precepto, el cómputo de dicho periodo quedará paralizado.
El desistimiento por parte del empresario del contrato de trabajo durante el periodo de prueba pactado resulta válido también en los casos en los que el trabajador se encuentra de baja médica. Entre otras, así lo indica la sentencia del Tribual Supremo, de 3 de octubre de 2008.
Si bien, cabe matizar que, si queda acreditado que la causa de la finalización del contrato es la propia enfermedad del trabajador, el despido podría considerarse improcedente como sucede en la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco, de 22 de enero de 2002. Por lo tanto, siempre que el despido del trabajador durante el periodo de prueba pactado no venga motivado por la situación de incapacidad temporal del mismo, éste será válido.