¿Deben devolverse las prestaciones por IT cobradas cuando causas baja en el RETA?

07/03/2023

Un trabajador autónomo lleva 6 mes de baja y a partir del día 61 de baja la mutua le paga la cuota de Seguridad Social. Pero se plantea cerrar el negocio en cuanto reciba el alta o incluso estando de baja médica. Si causa baja en el RETA, ¿debe devolver lo percibido?

Respuesta de LexaGo

Si el autónomo causa baja en el régimen de autónomos no tiene que devolver lo que ha cobrado por la mutua en concepto de su Incapacidad Temporal por los meses anteriores, ya que no existe permanencia obligatoria en este régimen. Esto ha sido confirmado mediante llamada telefónica por la TGSS.

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Eduardo Castilla Baiget
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Socio de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Blanca Bazal
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