¿Deben los administradores solidarios de una sociedad cotizar ambos por la base de autónomo societario?

12/01/2023
Los administradores solidarios de una sociedad ¿Tienen que cotizar ambos por la base de autónomo societario o con que lo haga uno es suficiente?

Respuesta de abogado

Efectivamente, con que lo haga uno es suficiente.

En todo caso, hay que diferenciar, la necesidad de que haya un administrador en una sociedad, y la obligación de estar encuadrado en autónomos. Por tanto, en el caso de que existan dos administradores solidarios, entendemos que solo será necesario encuadrar en el RETA a uno de ellos, siempre que el otro administrador no ejerza dichas funciones a pesar de ser administrador. Así lo ha confirmado, entre otras, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 5 junio de 2001.

No obstante, para estar preparados para una posible inspección de trabajo, y un posible encuadramiento que obligue a abonar cuotas atrasadas de autónomo, aconsejamos tener muy bien preparada la prueba para acreditar que el único que presta servicios y que actúa realmente como administrador es el primero.

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Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Blanca Bazal
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