Mi consulta es sobre la tabla salarial publicada para los Centros de Educación Universitaria e Investigación y su interpretación respecto a las jornadas parciales.
Entendemos que las cuantías que figuran en la tabla hacen referencia a 15 pagas, al incluir 3 extraordinarias. No obstante, para los contratos a dedicación parcial aparece una cuantía mensual por hora de trabajo semanal, que entendemos ya incluye las gratificaciones extraordinarias. ¿Pueden confirmarse ambas afirmaciones?
¿Existe algún límite de horas para aplicar la tabla de dedicación parcial? Por ejemplo, si se contrata a alguien por 30 horas semanales, ¿debe aplicarse la tabla de dedicación plena y calcularse el salario proporcionalmente? Entendemos que para el resto de categorías no recogidas expresamente en la tabla, sí podría aplicarse dicha proporcionalidad. ¿Cuándo se aplica la tabla de dedicación semiplena?
Por último, ¿podrían indicarnos cuál sería el importe mensual para un profesor asociado de enseñanzas oficiales con un contrato de 6 horas semanales?