Un trabajador con contrato fijo discontinuo en una empresa, un camping con restaurante, está de alta en el restaurante. En la nueva campaña de 2026, el restaurante donde está adscrito el trabajador fijo discontinuo es subrogado a otra empresa, que absorbe a los trabajadores del restaurante. ¿Se debe comunicar la baja y la pérdida de la condición de trabajador fijo discontinuo del trabajador en la empresa inicial
En cuanto al fondo, sí, la empresa inicial debe comunicar la baja en Seguridad Social, pero únicamente como traspaso por subrogación, no como extinción ni como pérdida del trabajador fijo discontinuo.
En este supuesto opera la sucesión de empresa del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, de modo que la relación laboral no se extingue, sino que continúa con la empresa entrante, que se subroga en todos los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social.
En consecuencia, la empresa saliente cesa como empleadora y debe cursar la baja del trabajador en su código de cuenta de cotización por cambio de empresa, mientras que la entrante debe formalizar el alta correlativa. No existe despido ni finalización del contrato fijo discontinuo, ni procede tratar la situación como “pérdida” del trabajador, ya que el trabajador mantiene su vínculo, antigüedad y condiciones con el nuevo empleador.
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