2023-06-01 13:36:38

Cuidado Del Vehículo Puesto A Disposición Por La Empresa

12/03/2010 Usuario LexaGo

Buenos días, hace ya un tiempo hicimos una consulta referente al uso de un vehículo de la Empresa por un trabajador, lo utilizaba para ir y venir todos los días a su domicilio. Por diferentes causas, que no vienen ahora al caso, nos vimos en la obligación de pedirle que dejará de utilizar dicho vehículo para esos traslados. A día de hoy, este trabajador, se desplaza hasta nuestras instalaciones en su vehículo particular. La duda que nos surge en este momento es la siguiente, en nuestra Empresa se pone vehículo a todos los trabajadores para traslado a obra, este trabajador en concreto, si la obra a la que se van a desplazar esta cerca de su domicilio utiliza su vehículo personal para ir a la misma, y así a la tarde a la hora de volver no viene al taller y se va directamente a su casa, esto lo hace sin pedir autorización a los encargados de la Empresa, nuestra pregunta es si esto se puede hacer, o tienen obligación de trasladarse en los vehículos de la Empresa. Por otro lado, si a este trabajador le ocurriera algo en estos desplazamientos que responsabilidad tendría la Empresa que no ha autorizado el uso de vehículos particulares para ir a obra? Toda esta situación ha llevado ademas a un abandono total en el cuidado y mantenimiento de los vehículos de la Empresa, ante esta situación que medidas se pueden tomar?

Respuesta de abogado

12/03/2010 LEXA Abogados
Buenas tardes:



Forma parte del ejercicio normal del poder del empresario. Al empresario seguramente, de cara al cliente, tampoco le interese que el trabajador llegue sin la furgoneta de la empresa. Por lo tanto, si le obligáis a dejar el coche en el taller, y acudir a las obras con el coche o furgoneta de la empresa, deberá obedeceros. Se trata de que le obliguéis a hacerlo. Si le obligáis (mejor por escrito), y no obedece, sería causa de sanción de suspensión de empleo y sueldo.



En cambio, con respecto al posible accidente que tenga de camino a la obra, si va con su coche, vosotros tenéis menos responsabilidad, ya que siempre podréis decir que él debe encargarse del mantenimiento del coche. En cambio, si el accidente es con la furgoneta de la empresa, si la misma se encontraba en mal estado, podría haber responsabilidad para vosotros.



En todo caso, tanto si va en su coche a la obra como si va con el vuestro, el accidente sería considerado en todo caso "accidente de trabajo in itinere". No obstante, ello no quiere decir que tuvieséis responsabilidad vosotros. Únicamente tendréis responsabilidad si es vuestro coche, y lo tenéis en mal estado.



Esperamos haber resuelto su consulta.



Reciba un cordial saludo.
LexaGo

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          Licenciada en Derecho por la Universidad de Navarra
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          Graduado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra