¿Cuántos días tiene el permiso de lactancia?

¿Cuántos días tiene el permiso de lactancia?
09/01/2024 Usuario LexaGo
Una trabajadora quiere disfrutar el permiso de lactancia acumulado y no sabemos como calcularlo. ¿Cómo se calcularía?

Respuesta de abogado

09/01/2024 LEXA Abogados

Será necesario sumar el nº de días hábiles desde la reincorporación en la empresa del trabajador hasta que el hijo cumpla 9 meses, y dividirlo entre el nº de horas de trabajo por día).

Tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, se eliminan las restricciones que condicionaban la acumulación de la lactancia a las previsiones de la negociación colectiva o al acuerdo individual con la empresa. Sin embargo, el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores se mantiene igual en su redacción en cuanto al permiso en sí y a la forma de calcular la lactancia acumulada.

En este sentido, se trata de un permiso retribuido por el que los progenitores pueden ausentarse de su puesto laboral durante 1 hora al día hasta que el hijo cumpla 9 meses de edad. No obstante, también pueden acumularse todas esas horas y convertirlas en jornadas completas.

En cuanto al cálculo de los días de lactancia acumulada a que tiene derecho un trabajador, el Estatuto de los Trabajadores no fija nada al respecto. Únicamente, la sentencia del Tribunal Supremo de 21 de noviembre de 2023 dispone que el cálculo a realizar consistirá en sumar el número de días hábiles desde la reincorporación en la empresa del trabajador hasta que el hijo cumpla 9 meses, y dividirlo entre el número de horas de la jornada regular (que son las horas de trabajo por día). Ello dará el número de días de permiso acumulado a los que tendrá derecho el trabajador.

A modo de ejemplo, una trabajadora con una jornada de 8 horas diarias da a luz a su hijo el día 01/01/2024. Disfruta de su permiso por nacimiento y cuidado del menor y se reincorpora a la empresa el 22/04/2024. Su hijo cumpliría los 9 meses 01/10/2024. Desde su reincorporación hasta los 9 meses transcurren 115 días laborables. Partiendo de lo expuesto, habría que dividir 115 entre 8, lo que daría un total de 14 días de permiso.

No obstante, es recomendable revisar lo dispuesto en el convenio colectivo de aplicación para revisar si se regula alguna condición más favorable respecto al número de días de lactancia acumulada.

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Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Lucia Gesta Labiano
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Juncal Fernández
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Adrián Ventura
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