¿Cuándo se puede entender abandono del puesto de trabajo y proceder a su despido?

¿Cuándo se puede entender abandono del puesto de trabajo y proceder a su despido?

31/08/2023 Usuario LexaGo

Un trabajador que lleva dos días sin presentarse en su puesto de trabajo. Le ha comunicado a la empresa en semanas anteriores que se está haciendo pruebas médicas pero sin dejar de trabajar. No contesta a los mensajes que se le dejan. ¿Cuándo se puede entender por la empresa que existe un abandono del puesto de trabajo? ¿Qué pruebas debería recopilar la empresa para justificar esta cuestión formalmente?

Respuesta de abogado

31/08/2023 LEXA Abogados
En los casos en los que el trabajador no acude a su puesto de trabajo de forma injustificada y no responde a los mensajes, la vía adecuada en estos casos no es acudir a la extinción del contrato de trabajo por abandono del puesto de trabajo sino acudir a la vía del despido disciplinario en base al art. 54.2 a) ET, es decir, por faltas de asistencia o puntualidad al trabajo. Normalmente el convenio colectivo de aplicación suele determinar el número de ausencias necesarias para que sea constitutivo de una falta grave. Por otro lado, requiere especial relevancia que la empresa pueda acreditar que...
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          ha actuado con diligencia y buena fe, acudiendo al despido como última opción. Por ese motivo, y en aras de una posible impugnación del despido, recomendamos enviar al menos 3 avisos de su obligación de reincorporación al trabajo por WhatsApp o cualquier otro medio escrito (burofax, carta, etc.) así como la advertencia de que, de no reincorporarse se procederá a su despido. Al tercer aviso, si el trabajador sigue sin acudir a su puesto de trabajo, se podrá ya efectuar su despido disciplinario por ausencias injustificadas. Para cualquier duda, estamos a su disposición. Un saludo.

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          Eduardo Castilla Baiget
          Eduardo Castilla Baiget
          Socio de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
          Lucia Gesta Labiano
          Lucia Gesta Labiano
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          Juncal Fernández
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          Licenciada en Derecho por la Universidad de Navarra
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          Graduado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra

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