Normas para bonificar la Seguridad Social de los becarios con una reducción del 95 %. ¿Cuándo se puede aplicar esta bonificación?
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La bonificación del 95 % en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes para becarios en prácticas, tanto remuneradas como no remuneradas, es aplicable desde el 1 de enero de 2024, conforme a lo previsto en el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, modificado por el Real Decreto-ley 5/2023. Esta bonificación se dirige a alumnos que realicen prácticas formativas o académicas externas incluidas en programas oficiales de formación, y se aplica sobre las cuotas de contingencias comunes, durante todo el periodo de duración de las prácticas. No tiene efectos retroactivos, aunque se permite suscribir un convenio especial para prácticas realizadas entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2023, a fin de cubrir cotizaciones por ese periodo.
Para que la bonificación se aplique correctamente, es necesario que en el centro de trabajo se haya activado el indicador de “Prácticas formativas o incluidas en programas de formación” y que en la ficha del becario se utilice el código de contrato específico "9939 – CT Prácticas Form. Remuneradas (D.A. 52 LGSS)". Esta bonificación se aplica de forma automática en el cálculo de cuotas si se cumplen estos requisitos, sin necesidad de solicitud expresa, y constituye un incentivo importante para fomentar la integración de jóvenes en programas formativos con cobertura en el sistema de Seguridad Social. Así también lo han confirmado mis compañeras de asesoría.