Para cubrir las IT de cierta duración, la empresa utiliza contratos de sustitución. Cuando la I.T. rebasa los 12 meses, el INSS puede dictaminar un alta médica y si el trabajador no está conforme puede recurrir y será la Inspección médica quien decide si procede o no este alta médica. Si la Inspección médica en el plazo de 7 días confirma que el trabajador es apto para su trabajo, durante este tiempo las prestaciones se abonan por pago directo. ¿Cuándo se considera que ha finalizado la IT del trabajador y, por tanto, el contrato de sustitución?
El contrato de sustitución finalizará cuando el INSS declare la incapacidad permanente del trabajador sustituido.
La incapacidad temporal (IT) del trabajador se considera finalizada cuando se produce la declaración de incapacidad permanente por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Según la normativa vigente, si la IT se prolonga más allá de los 545 días, el INSS debe iniciar el expediente de incapacidad permanente y resolverlo en un plazo máximo de tres meses. Durante este período, el contrato de sustitución del trabajador sustituto se mantiene vigente hasta que se emita la resolución sobre la incapacidad permanente.