¿Cuándo debe disfrutarse del permiso por fallecimiento de familiar?

05/02/2024 Usuario LexaGo
Un trabajador quiere tomarse los 2 días de descanso retribuidos por fallecimiento de un familiar varios meses tras el hecho causante. ¿Está justificado el disfrute de esta licencia después de tanto tiempo?

Respuesta de abogado

05/02/2024 LEXA Abogados

El disfrute del permiso por fallecimiento de un familiar no está justificado varios meses después del hecho causante.

Los días de permiso deben disfrutarse con cierta inmediatez, comenzando necesariamente el primer día laborable posterior al óbito. Así lo reconoce la sentencia del TSJ Navarra, de 23 de julio de 2019, que establece que atendiendo al contenido del artículo 37.3 del ET, los dos días naturales de permiso por el fallecimiento de un familiar deben comenzar a disfrutarse el primer día laborable tras el fallecimiento.

Por tanto, no es posible disfrutar dicho permiso varios meses después en atención al principio de inmediatez.

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Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
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Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Lucia Gesta Labiano
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Adrián Ventura
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