El cómputo de los cinco días de permiso retribuido por hospitalización comienza en día laborable, tal y como establece la sentencia del Tribunal Supremo de 17 de marzo de 2020.
Si la hospitalización o intervención quirúrgica grave se produce en día hábil, el trabajador comenzará a disfrutar del permiso ese mismo día. Por otro lado, si el hecho causante ocurre en un día no laborable, como podría ser un día de descanso semanal o festivo, el inicio del disfrute del permiso deberá ser el primer día laborable posterior al hecho causante. El disfrute de los permisos debe ser seguido, no es posible fraccionarlos, salvo que así venga recogido en convenio colectivo y siempre y cuando persista e ingreso hospitalario.
En cuanto a la posibilidad de iniciar el permiso una vez comenzada la hospitalización, como norma general, el permiso se debe disfrutar coincidentemente con la causa que lo origina, tal como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, de 23 de julio de 2019.
Por ello, parece que el permiso debe comenzar cuando surja el hecho causante (en este caso, el ingreso). Sin embargo, es cierto que la actual redacción del Estatuto de los Trabajadores no lo detalla expresamente y que todavía no existen pronunciamientos de nuestros tribunales que traten esta cuestión. Teniendo esto en cuenta y con cierta flexibilidad, el permiso por hospitalización tiene su origen en una situación de necesidad, que subsiste durante todo el tiempo en que dicha hospitalización se mantiene. Por ello, podría disfrutarse durante el lapso temporal en que se prolongue el ingreso, sin que sea exigible disfrutarse durante los primeros días si así lo recoge el propio convenio que resulta de aplicación o si se llega a un pacto con el empresario para comenzar a disfrutarlo en días posteriores al primer día de hospitalización. No obstante, todo ello siempre y cuando persista el hecho causante.
En cuanto a la posibilidad de comenzar el permiso una vez el trabajador esté en su domicilio dado de alta hospitalaria pero no de alta médica, la regulación apunta que, mientras persista la necesidad de cuidado el permiso conserva su validez. Por tanto, una vez nacido el permiso, la simple alta hospitalaria del familiar no interrumpe automáticamente el disfrute del permiso retribuido por hospitalización, pues podría darse una situación en la que, tras una intervención quirúrgica sin hospitalización, se precise reposo domiciliario y, por tanto, el permiso no habría perdido su razón de ser. Así lo entienden los tribunales, entre otros, el Tribunal Supremo de 21 de septiembre de 2010 y de 5 de marzo de 2012. En estos casos, la necesidad del reposo domiciliario deberá quedar suficientemente acreditada a través de un justificante médico en el que se le prescriba al trabajador un periodo de reposo domiciliario. En este sentido se pronuncia la sentencia del TSJ de Cataluña de 26 de mayo de 2016.