En relación con la bonificación de 366 euros mensuales por maternidad a partir del 01/09/2023, ¿Son 366 euros para cada uno de los trabajadores (sustituto y sustituido)?
Ya no será bonificable la cotización de los trabajadores que se encuentren disfrutando de la maternidad/paternidad.
El Real Decreto-ley 1/2023 deroga con efectos desde el 1 de septiembre de 2023, la Disposición adicional 2 de la Ley 12/2001, de 9 de julio donde se regulan las bonificaciones de cuotas de Seguridad Social para los trabajadores en período de descanso por maternidad, adopción, acogimiento preadoptivo o permanente y por riesgo durante el embarazo.
Por tanto, a partir del 1 de septiembre de 2023 sólo los contratos para sustituir a trabajadores en situaciones de conciliación familiar (nacimiento, reducción de jornada…) celebrados con personas menores de 30 años darán derecho a una bonificación en las cuotas a la seguridad social.
En concreto, se trata de una cantidad fija de 366 euros/mes que sólo se aplica a la cotización de la persona sustituta en virtud de lo dispuesto en el artículo 18 del RD-ley 1/2023.