Tal como nos ha confirmado la TGSS mediante llamada telefónica, se dispondrá de un plazo máximo de 4 años para realizar la solicitud, contando a partir del ingreso de la cuota indebida.
La solicitud de ingresos indebidos se pueden realizar por varias razones, pero en resumidas cuentas es aquella petición por parte de la empresa por haber realizado un pago superior del que corresponde a la TGSS en cuestiones relacionadas a cotización.
La TGSS deberá notificar la resolución de la misma en un plazo de seis meses, contando desde el día siguiente de la presentación de la solicitud.
Transcurrido este plazo de 4 años, si no se dispone de respuesta alguna, podrá entenderse como desestimada, según establece el artículo 45.2 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el RD 1415/2004, de 11 de julio.