¿Cuál es el convenio de aplicación para los trabajadores de un comercio dedicado a fábrica de pan?

22/11/2023

Respuesta de LexaGo

Si la actividad principal de la empresa es la fabricación de pan, el convenio colectivo correcto sería el del sector de panadería.

El Convenio Colectivo del Sector del Comercio e Industria de confitería, pastelería, bollería, repostería heladería y platos cocinados de la Comunidad de Madrid establece, en su artículo 2, como ámbito de aplicación del convenio las empresas dedicadas:

A la actividad de despachos de Confitería, Pastelería, Bollería, Repostería, Fiambres, Bombones, Caramelos, Helados, Platos Cocinados, con centros de trabajo establecidos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Madrid, así como las de aquellas empresas dedicadas a la fabricación de Pastelería, Confitería, Bollería, Repostería, Heladería, Platos Cocinados.

Por su parte, el Convenio Colectivo del Sector de Panadería de la Comunidad de Madrid recoge dentro de su ámbito funcional (también en su articulo 2) aquellas empresas:

Dedicadas a la fabricación, distribución y/o venta de pan y panes especiales y su personal, incluyendo las que utilizan masas crudas, ultracongeladas y/o precocidas.

Somos abogados

Eduardo Castilla Baiget
Eduardo Castilla Baiget
Socio de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Blanca Bazal
Blanca Bazal
Abogada laboralista
Juncal Fernández
Juncal Fernández
Abogada laboralista
Nahir González
Nahir González
Abogada Laboralista

LexaGo Resuelve Consultas Laborales

Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.