Una piscina que contrata a varios socorristas en los meses de verano, ¿Cuál es el contrato idóneo?
Si el tipo de actividad se repite todos los años, se podrá entender que dicha necesidad es permanente y, en ese caso, habrá que acudir a la modalidad de fijos discontinuos.
Esto se puede ver reflejado, entre otras, en la sentencia del TSJ de Madrid, de 8 de octubre de 2010, que afirma que al ser una actividad cíclica durante todos los años en los meses de verano, la modalidad correcta es la de fijo discontinuo.
A la hora de determinar cuál es el tipo de contrato que resulta aplicable es necesario analizar, además de la naturaleza de la actividad, todas las circunstancias concurrentes en cada caso concreto, ya que la casuística es demasiado amplia.
En cualquier caso, como regla general, tras la entrada en vigor del RDL 32/2021, todas aquellas actividades en las que anteriormente se utilizaba el contrato de obra y servicio y cuyo tipo de contratación a partir de ahora no esté clara, será aconsejable acudir al contrato fijo discontinuo que, además, resulta siempre atractivo al permitir que una parte del año el trabajador vaya al desempleo.