¿Las reuniones de la empresa con el comité y delegado de prevención pueden imputarse al crédito horario?

23/01/2017

Nos gustaría saber si las reuniones de la empresa con el comité y la delegada de prevención, forman parte del crédito horario.

Respuesta de LexaGo

Las reuniones de la empresa con el comité de empresa y las reuniones de la empresa con la delegada de prevención no forman parte del crédito horario.

Según la normativa y jurisprudencia aplicable, el tiempo dedicado a estas reuniones se considera tiempo de trabajo efectivo y no se imputa al crédito horario sindical. Esto se debe a que dichas reuniones son convocadas por la empresa y, por tanto, el tiempo empleado en ellas debe ser computado como trabajo efectivo.

Somos abogados

Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
Blanca Bazal
Blanca Bazal
Abogada laboralista
Juncal Fernández
Juncal Fernández
Abogada laboralista
Noelia Vergara
Noelia Vergara
Abogada Laboralista

LexaGo Resuelve Consultas Laborales

Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.