Nos gustaría saber si las reuniones de la empresa con el comité y la delegada de prevención, forman parte del crédito horario.
Las reuniones de la empresa con el comité de empresa y las reuniones de la empresa con la delegada de prevención no forman parte del crédito horario.
Según la normativa y jurisprudencia aplicable, el tiempo dedicado a estas reuniones se considera tiempo de trabajo efectivo y no se imputa al crédito horario sindical. Esto se debe a que dichas reuniones son convocadas por la empresa y, por tanto, el tiempo empleado en ellas debe ser computado como trabajo efectivo.