El convenio colectivo de centros de estética reconoce 4 días de asuntos propios. ¿Con qué antelación deben solicitarse?
Por otro lado, ¿pueden disfrutarse de forma continuada?
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Estos días de asuntos propios deberán solicitarse con una antelación de 24 horas y su disfrute no puede ser continuado.
El artículo 25. f) del Convenio colectivo para peluquerías, instituto de belleza y gimnasios establece cuatro días por asuntos propios, que deberán ser comunicados con un mínimo de 24 horas antes de su disfrute y que no podrán tomarse de forma continuada, ser en viernes, coincidir con el anterior o posterior a un festivo local, autonómico o nacional, ni con el comienzo ni el final de vacaciones, así como en el mes de diciembre o coincidir con compañeros de día libre.