En nuestro convenio se complementan las prestaciones de IT hasta el 100% de su retribución entendiéndose como tal Salario base más plus personal, pero en nuestra empresa se complementa hasta el 100% de su retribución en todos los conceptos excepto nocturnidad.
Tengo el caso de una mujer en descanso por maternidad que supera la base máxima de cotización, por lo que durante el descanso la seguridad social sólo le va a pagar en función a la base máxima.
Creo que no sería justo que la empresa no le complementara hasta el 100%, cómo se debe hacer en este caso?, o es opción de la empresa???
Gracias,
LexaGO