Un trabajador con contrato indefinido ha iniciado baja médica por contingencias comunes el día 28. El Convenio colectivo reconoce un complemento de IT. ¿La empresa debe calcular el complemento sobre 28 o 30 días?
Para determinar si la empresa debe calcular el complemento de incapacidad temporal (IT) sobre 28 o 30 días, es esencial revisar lo que establece el convenio colectivo aplicable.
Algunos convenios pueden establecer que el complemento se calcule sobre el salario mensual, lo que implicaría un cálculo sobre 30 días, mientras que otros podrían especificar un cálculo diario, lo que podría interpretarse como 28 días en un mes de febrero, por ejemplo.
Sin embargo, si el convenio no especifica, los tribunales han interpretado que el complemento debe alcanzar el salario total que el trabajador percibía antes de la baja, lo que podría implicar un cálculo mensual estándar de 30 días.
Por lo tanto, la respuesta depende de la redacción específica del convenio colectivo aplicable.