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El trabajador debe declarar a los hijos por entero (100%) en el modelo 145 de la Agencia Tributaria, ya que su cónyuge no obtiene rentas superiores a 1.500 euros anuales y ambos hijos menores conviven con él y su esposa. En este supuesto, la normativa permite imputar el 100% del mínimo familiar por descendientes al progenitor que percibe rentas.
Conforme al artículo 82 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y a las instrucciones del modelo 145, los descendientes se declaran “por entero” cuando el otro progenitor no obtiene rentas anuales superiores a 1.500 euros, excluidas las exentas. Solo en el caso de que ambos progenitores perciban rentas superiores a ese importe, el mínimo por descendientes debe consignarse “por mitad” (50%) en el modelo 145.