¿Cómo se calcula la indemnización despido en caso de salario variable?

¿Cómo se calcula la indemnización despido en caso de salario variable?
13/07/2023
En el supuesto de despido de un trabajador que ha tenido salarios distintos durante 18 meses de relación laboral con la empresa, ¿cómo se calcula la base diaria del cobro de la indemnización?

Respuesta de abogado

Si el trabajador percibe un salario variable de manera ordinaria, como parece deducirse de lo planteado, se deberán promediar las cantidades de los últimos 12 meses, examinando el carácter salarial o extrasalarial de cada concepto de manera detallada a fin de realizar adecuadamente el cálculo de la indemnización por despido.

Si el trabajador ha percibido una retribución variable en los meses anteriores a la finalización del contrato, se deben distinguir dos supuestos bien diferenciados.

  • En primer lugar, en aquellos casos en los que el sueldo del trabajador se haya visto modificado con anterioridad al despido, por ejemplo, por un incremento de la retribución establecida en convenio o un pacto con la empresa, se tendrá en cuenta el salario actualizado al momento del despido, tomándose como referencia el del último mes.
  • No obstante, cuestión diferente es que, de manera habitual, el empleado venga percibiendo un salario variable, como parece ser que sucede en este caso, ya sea por conceptos tales como comisiones por ventas o bonus.

Pues bien, en estos supuestos deberá efectuarse la media de las retribuciones percibidas por el trabajador en los 12 meses inmediatamente anteriores al despido, como se colige de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Burgos de 8 de mayo de 2014, la cual dispone que en el supuesto de percibirse determinados conceptos salariales con oscilaciones como determinados pluses ‘’se entiende razonable la práctica judicial de tomar el promedio de lo percibido en un periodo superior a un mes. Más concretamente, cuando las percepciones no son uniformes mensualmente, para soslayar los beneficios o perjuicios que para cada una de las partes pueda suponer el tener en cuenta únicamente las percepciones en el mes más próximo a la fecha del despido, se debe apreciar la media en la anualidad anterior’’.

Lo mismo sucede cuando las variaciones de salario provengan de modificaciones de jornada que haya sufrido el trabajador a lo largo del año.

Con todo, hay que tener en cuenta que, para calcular el salario a estos efectos, deberán incluirse únicamente el salario base y los complementos salariales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.1 del Estatuto de los Trabajadores. En esta línea, entre los posibles conceptos integrantes del salario regulador, que deberán computar para el cálculo de la indemnización, se encuentran los siguientes: plus personal por funciones, bonos por consecución de objetivos, comisiones y variables o gratificaciones voluntarias. Por ende, no se tendrán en cuenta los conceptos que no tengan naturaleza salarial como, por ejemplo, el plus de transporte o el de manutención.

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Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
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Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
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