Trabajadora que tiene un embargo de salarios del juzgado y se la va a despedir por causas objetivas (en concreto, por cierre de empresa) pagándole la indemnización de 20 días por año trabajado. ¿En qué porcentaje se calcula el embargo sobre dicha indemnización?
La indemnización por despido podrá ser embargada en su totalidad.
Los límites de la embargabilidad previstos en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil no se aplican a las indemnizaciones percibidas por despido, tal como afirma la DGT en sus consultas vinculantes núm. V0765/19 de 9 abril y núm. V3255/20, de 30 de octubre. Por ello, la indemnización es embargable en su totalidad.
Así lo ha confirmado también la jurisprudencia, entre otras, en la sentencia del TSJ de Asturias, de 27 de diciembre de 2017.