¿Cómo se aplica la exención del seguro médico?

13/06/2023
La empresa abona a un trabajador 145 euros al mes en concepto de seguro médico, como rendimientos del trabajo en especie. Tengo claro que hasta 500 euros está exento de IRPF, pero mi duda es si el importe que excede de esa cantidad, en este caso son 515 euros que sí van con retención, se aplica mes a mes hasta final de año, o en primer lugar se agotan los 500 euros sin retención, y luego se empieza a aplicar la retención sobre el importe que excede. ¿Cómo se retiene el IRPF que excede de los 500 euros al año para un seguro médico, mes a mes la parte proporcional, o una vez se superen los 500 euros?

Respuesta de LexaGo

La renta exenta mensual será de 41,66€ (500/12), por lo que el restante 103,34€ (145-41,66) deberá incluirse en la nómina bajo el concepto de seguro médico sujeto. Por tanto, el importe que exceda deberá ser retenido en nómina mes a mes en la parte proporcional.

Si el empresario abona las primas o cuotas del seguro directamente a las entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedad, estas cantidades se consideran rendimientos del trabajo en especie y se encuentran exentas con los siguientes límites previstos en el art. 42.3 c) LIRPF, es decir, hasta los 500€.

En el recibo de salarios no sólo debe quedar constancia de las cantidades liquidadas, sino de todos los conceptos de abono y descuento percibidos por el trabajador.

Tal como comentas en el supuesto, si la prima imputable a su trabajador excede de estos 500 euros, se debe declarar el exceso en el modelo 190 como renta en especie sujeta. Asimismo, deberá desglosar en nómina la parte sujeta y la parte exenta, para calcular la retención y la cotización.

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Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
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